Liberación del trámite “Servicios extraordinarios” VUCEM
Publicado por: VUCEM
Medio de publicación: Página web VUCEM
Día de la Publicación: 14 de febrero del 2018
Asunto: Hoja informativa No. 2: Liberación del trámite “Servicios extraordinarios”
El día 14 de febrero del presente año, se informó a través de la hoja informática No. 2 emitida por la VUCEM, que el día de hoy, 15 de febrero, quedará habilitado, en la plataforma de VUCEM, el trámite de “Servicios extraordinarios” a los que se refieren los artículos 10 (entrada y salida de mercancías por lugar distinto al autorizado), 18 (las veinticuatro horas del día y todos los días del año serán hábiles para el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades aduaneras) y 19 (podrán autorizar que los servicios a que se refiere el artículo 10 sean prestados por el personal aduanero, en lugar distinto del autorizado o en día u hora inhábil) de la Ley Aduanera.
A través de la Administración General de Aduanas se podrán solicitar las autorizaciones de las siguientes modalidades para el trámite mencionado con anterioridad:
- Individual (por evento)
- Semanal
- Mensual
También se puede cancelar o desistir de dichas modalidades a través de la VUCEM.
EL registro de las solicitudes de Servicio Extraordinario a través de la VUCEM será opcional hasta que la autoridad aduanera comunique su obligatoriedad.